Aviación general y formación aeronáutica

Aeronavegación

La aeronave, la responsabilidad y las personas, analizadas por separado.

Asesoramos a propietarios y explotadores de aeronaves, escuelas de vuelo y centros de instrucción y entrenamiento en el diseño de sus coberturas.

La especialidad

Cada operación aeronáutica exige un análisis propio.

El uso de la aeronave, quiénes la vuelan, dónde opera y qué contratos la vinculan definen qué cobertura necesita. Una escuela de vuelo suma, además, sus instalaciones, sus instructores y sus alumnos.

Tenemos experiencia en coberturas para aeronaves destinadas a instrucción, casco, responsabilidad civil aeronáutica y riesgos de establecimientos de formación. Trabajamos con aseguradoras autorizadas para operar en el ramo, y cada una define sus propias condiciones.

A quién asesoramos

Aeronaves, escuelas y centros de formación.

La aeronave y la responsabilidad

Tres coberturas que no deben confundirse.

Cada una responde a un riesgo distinto y tiene sus propios límites y condiciones. Ninguna debe darse por incluida sin revisar la póliza.

Casco
Daños materiales a la aeronave, según las condiciones de cada póliza. Su alcance depende del uso declarado, de los pilotos autorizados y del ámbito de operación.Qué revisar: el valor asegurado, la franquicia, el uso declarado y los requisitos que la póliza exige a quienes vuelan.
Responsabilidad civil aeronáutica
Reclamos de terceros por daños derivados de la operación de la aeronave, como los causados en la superficie y, si se contrata, los sufridos por pasajeros.Qué revisar: que los límites contratados contemplen lo que exige el Código Aeronáutico para tu aeronave y lo que puedan requerir tus contratos o el aeródromo donde operás.
Responsabilidad civil general del establecimiento
Reclamos vinculados con las instalaciones y las actividades en tierra de una escuela o un centro: aulas, oficinas y atención de alumnos o visitantes. Es un riesgo distinto del aeronáutico y suele requerir su propia póliza.Qué revisar: que entre la responsabilidad aeronáutica y la general no queden riesgos sin cubrir.

Escuelas y centros

Instrucción y entrenamiento no son lo mismo.

Las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) distinguen dos tipos de establecimientos. Esa diferencia cambia los bienes y los riesgos que conviene analizar.

CIAC · RAAC Parte 141
Regula los Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil: sus programas, su personal, su equipamiento y sus reglas de operación. Cuando la instrucción se realiza en vuelo, conviene que las aeronaves estén aseguradas declarando ese uso y analizar además la responsabilidad civil del establecimiento.
CEAC · RAAC Parte 142
Regula los Centros de Entrenamiento de Aeronáutica Civil, que pueden utilizar aeronaves y dispositivos de simulación de vuelo calificados y aprobados por la ANAC. Un simulador es un equipo en tierra: en general su protección se analiza con coberturas de bienes o técnicas, no con el casco aeronáutico.

Las personas

Cada persona, con la cobertura que le corresponde.

Tripulantes, instructores, alumnos y pasajeros no se protegen de la misma manera. Lo que define la cobertura es el vínculo de cada uno con la operación y su función en ella.

Personal con funciones a bordo
El Código Aeronáutico obliga al explotador a asegurar a su personal con funciones a bordo contra accidentes en servicio (art. 191).Qué revisar: quiénes cumplen funciones a bordo en tu operación y cómo está asegurado cada uno.
Trabajadores en relación de dependencia
Si existe una relación laboral, el riesgo del trabajo se cubre a través del régimen de riesgos del trabajo (ART).Qué revisar: cómo se coordina la ART con el seguro del art. 191 para quienes, además, vuelan.
Instructores
Su cobertura depende de su vínculo con el establecimiento y de su función en vuelo: según el caso, puede corresponder la ART, el seguro del art. 191 o un seguro de accidentes personales.
Alumnos
En general no son trabajadores del establecimiento. Su protección personal suele resolverse con un seguro de accidentes personales que comprenda expresamente la actividad aeronáutica, ya que, según sus condiciones, una póliza puede excluirla o limitarla.
Pasajeros
Sus daños se analizan dentro de la responsabilidad civil aeronáutica de pasajeros y, si se contrata, con un seguro de accidentes personales para ocupantes.
Terceros y visitantes
Los daños a terceros en la superficie corresponden a la responsabilidad civil aeronáutica; los ocurridos en las instalaciones, a la responsabilidad civil general del establecimiento.

Marco legal

Lo que establece el Código Aeronáutico.

Algunas definiciones de la Ley 17.285 que tenemos en cuenta al recomendar una cobertura:

Cómo trabajamos

Nuestro trabajo no termina en la contratación.

Trabajamos con distintas aseguradoras. La disponibilidad de alternativas y sus condiciones dependen de la evaluación de cada riesgo.

  1. Analizar

    Conocemos tu aeronave o tu establecimiento: uso, pilotos, instructores, alumnos, instalaciones y contratos.

  2. Comparar

    Evaluamos alternativas de distintas aseguradoras con las que trabajamos: alcances, límites, franquicias, condiciones y costos.

  3. Diseñar

    Te presentamos una propuesta explicada, que distingue la aeronave, la responsabilidad y las personas.

  4. Acompañar

    Seguimos la cobertura durante su vigencia: cambios de uso o de pilotos, renovaciones y gestión de siniestros.

Consultas habituales

Preguntas frecuentes.

¿El seguro aeronáutico es obligatorio?
El Código Aeronáutico obliga al explotador a constituir un seguro por los daños que prevé, dentro de los límites que fija, y a asegurar a su personal con funciones a bordo. Otras coberturas, como el casco o los accidentes personales de alumnos, no surgen de esas normas, aunque pueden exigirlas un contrato, una financiación o el aeródromo.
Soy propietario, pero otra persona opera la aeronave. ¿Quién debe asegurarla?
Depende de quién sea el explotador, que puede no ser el propietario. Revisamos que la póliza refleje correctamente quién opera la aeronave y quiénes la vuelan.
¿La responsabilidad civil aeronáutica cubre a los alumnos?
No conviene darlo por supuesto. Según las condiciones de la póliza, un alumno puede no ser considerado tercero ni pasajero. Por eso analizamos su protección por separado.
¿Un simulador se asegura como una aeronave?
En general, no. Es un equipo en tierra y su protección se analiza con coberturas de bienes o técnicas. Lo revisamos junto con el resto del establecimiento.
¿Asesoran en talleres, hangares, trabajo aéreo, aviación ejecutiva o drones?
Son riesgos con características propias, que requieren una evaluación específica. Podés consultarnos y analizamos cada caso.
¿Pueden revisar la póliza que tengo hoy?
Sí. Podés enviarnos tu póliza vigente para que la analicemos como parte de una evaluación técnica y comercial, aunque todavía no seas cliente de JSA.

¿Querés revisar la cobertura de tu aeronave o de tu escuela?

Podés solicitar asesoramiento para una nueva cobertura o enviarnos tu póliza vigente para analizarla.

011 3361-0343administracion@jsa-seguros.com